La acción de amparo constitucional presentado por el club San José en contra de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) no fue presentada en el plazo perentorio de seis meses luego de la emisión de la convocatoria al campeonato de la FBF, por lo que los miembros de la Sala Constitucional Primera del juzgado de Oruro señalaron que no se puede analizar con más profundidad el caso, por lo que fue negada la tutela al club orureño dentro de esta acción legal, en síntesis se declaró improcedente el reclamo de la entidad “santa”.
La audiencia que duró por más de cuatro horas, se desarrolló el lunes en el salón de actos públicos del Tribunal de Justicia de Oruro; en las afueras de dicho recinto un grupo de hinchas de la “V” azul se apostaron para hacer conocer su reclamo por las acciones anómalas que cumple el ente federativo en contra del cuadro “santo”.
A la audiencia respectiva acudieron los representantes legales del presidente de la FBF, Fernando Costa, se acreditó al representante legal del Comité Ejecutivo de la federación, además de los asesores legales de la empresa Tigo, como tercer afectado en este actuado judicial, no se tuvo presencia de los representantes de los clubes profesionales, además, Fabol de forma tardía y por vía digital hizo llegar un memorial en contra de la acción emprendida por San José.
Dentro de los alegatos correspondientes, la parte demandante, en este caso San José, representado por Ernesto Aranibar y José Sánchez, presentaron una explicación sólida del porque se reclamaban los actos de la FBF como anómalos, basándose en que el estatuto con el cual actualmente se rige el ente federado, no estaría en vigencia debido a que la Federación Boliviana de Fútbol no reguló este tema ante el viceministerio de Autonomías y no se tiene la Resolución Ministerial para que el documento observado entre en vigencia, sin embargo ya la FBF actuó en función a la nueva normativa por lo que se pedía que los actuados del ente rector del balompié nacional queden nulos, entre ellos la convocatoria del presente campeonato.
Ante esto los asesores legales, junto a los representantes de los terceros interesados, enfocaron su defensa en el hecho de que San José observa la convocatoria del torneo aprobada el 25 de febrero de 2021, en ese entonces representó al club, Patricia Flores, y que recién el 16 de noviembre se presentó el amparo respectivo, por lo que no se cumplía con la normativa nacional en sentido de que para este tipo de actuados se tiene un plazo de seis meses para la presentación del actuado respectivo, conocido esto como principio de inmediatez.
A esto se sumó otros dos términos por parte de la defensa, el principio de Subsidiariedad, referido a que el “santo” no habría acudido a las instancias correspondientes dentro la norma que regula a la FBF, Conmebol y FIFA, además del principio de hecho consentido, explicado en que San José al ser parte del torneo profesional hasta la penúltima fecha, además de otras acciones y actividades que realizó la FBF, está de acuerdo con las normativas que rigen a estas acciones como la convocatoria al torneo profesional.
Tras las argumentaciones correspondientes, el vocal, Walter Chungara y el presidente de la Sala Constitucional Primera, René Jiménez Pastor, coincidieron en indicar que por el principio de inmediatez que es incumplido por la parte demandante, no se puede ingresar a tratar a fondo la demanda planteada por San José en contra de la FBF por lo que se denegó la tutela en este caso y con ello se concluyó con la audiencia correspondiente.
El presidente del Tribunal de Honor, Ernesto Aranibar señaló que no está de acuerdo con el fallo pero que se respeta la decisión de los jueces, empero se analizará la posibilidad de enviar a revisión este caso al Tribunal Constitucional de Sucre, en tanto que Cristhian Camacho, asesor legal de la FBF, argumentó que los jueces vieron el tema con objetividad y que el hecho de llevar este proceso a Sucre no implicará ningún cambio en la resolución emitida la tarde de ayer.
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